Afirma Fiscalía que difunde información en estricto apego a la ley

Imagen Afirma Fiscalía que difunde información en estricto apego a la ley

A través de un comunicado la Fiscalía General del Estado de Veracruz se refirió a las notas periodísticas tituladas “Fiscalía no puede negar datos a periodistas: IVAI”, derivadas de la declaración de la titular del Instituto Veracruzano de Acceso a la Información, Yolli García Álvarez. 

 

La FGE afirma que en la difusión de información procede en apego a la ley que corresponda:

 

"A los medios de comunicación

Presentes. 

Con relación a las notas periodísticas publicadas los días 22 y 23 de febrero del año en curso, intituladas “Fiscalía no puede negar datos a periodistas: IVAI”, se precisa lo siguiente:

Toda vez que las supuestas afirmaciones atribuidas a la consejera presidenta del Instituto Veracruzano de Acceso a la Información (IVAI), Yolli García Álvarez, se refieren a las características de solicitudes realizadas por vía Infomex, no así a las solicitudes de entrega de información originadas por representantes de medios de comunicación, el citado texto, falta al principio de informar con veracidad a la opinión pública y tergiversa a todas luces las declaraciones originales de la titular del órgano que rige el proceso de entrega de información a particulares, en el estado.

La  presente aclaración se fundamenta en la directa referencia de la nota en comento con las actividades que en materia de difusión realiza la Fiscalía General del Estado, las cuales se manejan con pulcritud y transparencia y con estricto respeto a las garantías individuales de defendidos y probables culpables, a quienes asisten las disposiciones contempladas por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en su Artículo 6 que a la letra dice: “La manifestación de las ideas no será objeto de ninguna inquisición judicial o administrativa, sino en el caso de que ataque a la moral, los derechos de terceros, provoque algún delito o perturbe el orden público; el derecho a la información será garantizado por el Estado”; así como por lo sancionado en los Artículos 210 y 211 del Código Penal Federal, concernientes al resguardo del secreto profesional; así como de la secrecía contemplada y penada por la Ley Federal de Protección de Datos Personales y por el Código Penal para el Estado de Veracruz, en su título IV, capítulos I y II, Artículos 177, 178 , 179 y 180.

A su vez, en cumplimiento a la Ley número 875 de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, la fiscalía estatal en su estructura y funcionamiento cuenta con una Dirección de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, la cual recepciona solicitudes de particulares y resuelve mediante un órgano colegiado, la entrega de información por vía oficiosa, en su carácter de sujeto obligado, previa solicitud de información, con base en los artículos 130 y 131 de la citada Ley.

La citada norma dicta en el capítulo II, artículo 68, que se considera información reservada y por lo cual trasgrede la ley la difusión de aquella que ponga en riesgo la vida, seguridad o salud de una persona física; la que obstruya las actividades de verificación, inspección y auditoría relativas al cumplimiento de las leyes; obstruya la prevención o persecución de los delitos y la que contenga opiniones, recomendaciones o puntos de vista que formen parte del proceso deliberativo de los servidores público, hasta en tanto no sea adoptada la decisión definitiva, entre otros.

En el artículo 69 de la citada Ley, se ordena que la información deberá ser clasificada por el Comité de transparencia, cuando se reciba una solicitud de acceso a la información de un solicitante, a través del sistema Infomex, por correo electrónico, o al acudir directamente a las instalaciones de la FGE y seguir la metodología que establece y avala la Ley 875, vigente para cualquier sujeto obligado.

Luego entonces, es preciso citar dos aclaraciones: 

I.         La Fiscalía General del Estado solo es sujeto obligado de entrega de información a particulares que lo soliciten por vía Infomex, una vez que el órgano colegiado lo apruebe y, 

II.        Son los integrantes del Comité de Transparencia, integrado por el Abogado General de la FGE, el director del Centro de información e Infraestructura Tecnológica, el Contralor General, el encargado de la Oficina de Custodia, el Secretario Técnico y el titular de la Dirección de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, asistidos por la secretaria técnica del comité y la Subdirección de Datos Personales, quienes definen y clasifican el tipo de información requerida que ha de ser pública, no el titular de éste órgano autónomo.

Sirva la presente, para soportar con exactitud y seriedad la información que merece conocer la opinión pública y en ejercicio de la ética profesional que distingue a los medios informativos, se solicita sea aclarado públicamente el particular."

 

 

Fuente: FGE/cna 

Editor: Redacción xeu
da clic